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Los trámites aduaneros deben evolucionar, ser más eficientes y, sobre todo, dotar de seguridad jurídica a los actores que participan en ellos. Consistentemente, profesionales de la materia y especialistas aduanales tratan diversos temas que tienen por objeto proponer reformas ante las instancias del Ejecutivo o incluso del legislativo. El presente artículo tiene como principal objetivo que el público en general conozca la posición que la CCI del IMPC tiene sobre la política aduanera en México. |
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Julio 01, 2008 |
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En el presente trabajo se realiza un análisis de las reglas de carácter general en materia de Comercio Exterior para 2008, además de mencionarse los cambios más significativos en ellas; vale decir que algunos de estos cambios son sólo de nomenclatura. |
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Junio 01, 2008 |
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El pasado viernes 25 de abril del presente, se publicaron en Diario Oficial de la Federación (DOF) las modificaciones a algunos anexos relativos a las Reglas de Carácter General en materia de Comercio Exterior, de las cuales el presente artículo hace algunos comentarios del Anexo 10 (Mercancías sujetas al padrón sectorial). |
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Mayo 16, 2008 |
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El pasado 18 de abril se publicó la Séptima Resolución de Modificaciones a las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2007 en el Diario Oficial de la Federación (DOF); en este artículo se presenta una breve síntesis de las reglas modificadas destacando los puntos más importantes al respecto. |
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Mayo 16, 2008 |
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Aborda la implementación de acciones de simplificación, automatización y mejora de los procesos aduaneros y de comercio exterior. |
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Abril 16, 2008 |
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El presente artículo hace mención a manera de resumen de las atribuciones correspondientes a la Unidad de Inteligencia Financiera del Distrito Federal sobre verificación fiscal y aduanera, publicadas En la Gaceta Oficial del DF, el 29 de febrero de 2008. |
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Abril 16, 2008 |
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Imagine usted que si con la actual imposición de cuotas compensatorias que los productos originarios o procedentes de China tienen, estamos en México inundados de enormes cantidades de juguetes, zapatos, prendas de vestir y relojes, entre muchísimos productos más, qué nos depara si las cuotas compensatorias se eliminan como resultado de los compromisos internacionales que nuestro país ha adoptado. |
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Marzo 01, 2008 |
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Artículo 31 fracción XV LISR |
El artículo 31 de la Ley del impuesto sobre la renta (LISR) señala los requisitos que deben cumplir las deducciones que se permiten conforme al artículo 29 de la misma ley. En concreto, la fracción XV del artículo 31 de la citada ley, establece que en el caso de adquisición de mercancías de importación, se compruebe que se cumplieron los requisitos legales para su importación. Derivado de lo anterior, el presente artículo tiene por objeto analizar qué debe entenderse por “requisitos legales para su importación”, como lo señala la LISR. |
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Diciembre 16, 2007 |
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aplicación de la tasa 0% de IVA |
Artículo 29 párrafo I de la Ley del impuesto al valor agregado:
Las empresas residentes en el país calcularán el impuesto aplicando la tasa 0% al valor de la enajenación de bienes o prestación de servicios cuando unos u otros se exporten. Para los afectos de esta Ley, se considera exportación de bienes o servicios:
I. La que tenga el carácter de definitiva en los términos de la Ley aduanera.
¿Qué significa lo anterior? Cuando usted revisa esa disposición ¿qué pregunta se hace?¿a qué conclusiones llega? |
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Noviembre 01, 2007 |
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Aún y cuando no se trata de un medio de defensa propiamente dicho, el artículo 36 del Código Fiscal de la Federación otorga al particular la posibilidad de solicitar a las autoridades la revisión de las resoluciones administrativas que un inferior jerárquico hubiera emitido, si se considera que éstas han sido emitidas en contravención de las disposiciones fiscales. El efecto sería su modificación o revocación. La condición para acudir al mismo será sólo si el contribuyente no acudió a ningún medio de defensa y los plazos para interponerlos ya hubieran concluido.
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Septiembre 16, 2007 |
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En el transcurso del presente artículo, el autor realiza un recorrido por la Ley aduanera (LA) y el Código, en donde se podrá observar que un mismo supuesto normativo está establecido en ambos (LA y CFF), por lo que serán los funcionarios de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público quienes podrán accionar en contra del contribuyente, sea mediante el pago de multas (conforme a la Ley aduanera) o presentando querella ante el Ministerio Público, y tipificar esa falta o infracción como un delito y perseguirlo en el ámbito del Derecho Penal.
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Septiembre 01, 2007 |
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En el artículo anterior, que se publicó en la revista número 430, correspondiente a la segunda quincena de julio, mencionamos que las Regulaciones y Restricciones no Arancelarias (RRNA) se establecen con el objeto de salvaguardar la economía, flora, fauna, y en general, la seguridad del país mediante la prohibición en el tránsito, introducción o extracción de las mercancías extranjeras. Tales RRNA no tienen un fin recaudatorio, ni tienen que ver con el pago de aranceles; sin embargo, son tan estrictas que si se omite su cumplimiento no se podría concretar una importación, o incluso podría el destinatario o propietario de los productos ser sancionado con las mismas penas del delito de contrabando o que dichos productos le sean embargados precautoriamente.
Con esto pretendo resaltar la importancia que tiene el estudio de ésta materia, la cual se encuentra contenida en la Ley de comercio exterior. El presente artículo tiene el propósito de continuar con el análisis de las RRNA, por lo que será el estudio de las cuotas compensatorias el elemento que ayudará a usted lector, a conocer el contenido de la citada Ley.
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Agosto 15, 2007 |
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(primera parte) |
Introducción
Al momento de analizar las disposiciones en materia de comercio exterior y aduanas, como ya lo hemos comentado en artículos anteriores, debemos tener en cuenta que no sólo debemos estudiar una ley, sino un conjunto de leyes para formarnos una opinión adecuada... Pero, en este artículo es materia de estudio la Ley de Comercio Exterior. Esta es la primera entrega..
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Julio 16, 2007 |
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Clase 5 |
Introducción
Si se me permite la comparación, cuando expongo ante contadores el uso e importancia de la clasificación arancelaria, les pido la comparen contra un catálogo de cuentas, en el cual, una vez que el contador ha tenido contacto con el mismo, le es muy fácil decir: “registra el cargo en la cuenta 134” o “debemos analizar la cuenta 436”, entendiéndose entre ellos, ya que sabrán que dichas cuentas corresponden a funcionarios y empleados (donde 1 es activo, 3 es circulante cuentas por cobrar y 4 es funcionarios y empleados), o los gastos de hospedaje del Director Comercial (donde 4 es cuenta de resultados, 3 gastos de venta y 6 gastos de hospedaje), etcétera.
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Junio 01, 2007 |
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Clase 4 |
Introducción
Por tratarse de un elemento de la contribución, la base de pago, conforme lo señala el artículo 5 del Código Fiscal de la Federación, la legislación que lo regula debe ser interpretada de manera estricta, en el cual, se da mayor valor al texto legal y no se permite ser extensivo o restrictivo en su lectura. Sobre esta base, es importante que usted, lector, conozca que los artículos 64 en adelante de la Ley Aduanera, mismos que regulan el valor de las mercancías para efectos aduaneros, no son producto de un debate legislativo ni de una exposición de motivos como sucede tradicionalmente, ya que solo se adoptan las disposiciones internacionales contenidas en el Código de Valoración Aduanera de la Organización Mundial de Comercio (OMC).
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Mayo 16, 2007 |
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