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Dentro de las tantas declaraciones informativas que deben presentar las personas físicas y morales durante el mes de febrero, se encuentra la declaración informativa de operaciones efectuadas con clientes y proveedores del ejercicio 2007, la cual deberá realizarse a más tardar el próximo 15 de febrero de 2008. La importancia de su presentación no sólo radica en el cumplimiento de una obligación fiscal adjetiva, sino en la vinculación que tiene con las deducciones autorizadas, ya que si no se presenta, las erogaciones realizadas por adquisiciones de bienes o prestación de servicios, no serán deducibles del ISR. |
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Febrero 01, 2008 |
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La distribución de dividendos es uno de los renglones más sensibles en el proceso fiscalizador de las autoridades, debido a que en algunas ocasiones representa la partida más significativa de las operaciones realizadas por alguna compañía en determinado ejercicio. En el presente artículo se abordan los puntos a considerar en la presentación de la declaración mediante la cual los contribuyentes informan sobre estas operaciones. |
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Enero 31, 2008 |
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Durante todo el mes de enero se preparan todos los datos necesarios para la presentación de la declaración informativa, sin embargo cuando el volumen de información es abundante resulta un problema ya que por cada registro existen 131 campos posibles a llenar, imagine usted que tiene 1000 registros, la captura se traduce a 131,000 registros. Si se capturara un registro por segundo, se tardaría una persona (ya que el sistema no es multiusuario) 2,183 minutos, 91 horas, y si la jornada de trabajo es de 8, horas serían 11 días, es decir dos semanas y media de trabajo sin errores. Es por eso que la Carga Batch resulta muy conveniente, y sólo se tiene que seguir el presente instructivo. |
Enero 16, 2008 |
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Con fecha 27 de diciembre de 2007 se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal la Ley de Ingresos para el DF en donde se contemplan las normas aplicables durante 2008. Dentro de las normas establecidas, se indica que no serán aplicables las disposiciones fiscales contenidas en otras leyes diferentes al Código Financiero del DF que contengan exenciones del pago de contribuciones locales; ante este supuesto, entendemos que sólo debemos considerar lo que señalan las Leyes locales del DF.
Así mismo, esta ley de Ingresos declara prescritos los créditos fiscales originados con anterioridad a 2003, siempre que no se haya interrumpido el término de prescripción; considero que la norma está demás, porque a esta fecha dichos créditos… |
Enero 16, 2008 |
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primera parte |
Durante todo el mes de enero de cada año, los contribuyentes terminan de afinar los detalles para iniciar el proceso de presentación de declaraciones anuales, ya sean de pago o informativas, empezando las segundas, a ser presentadas durante el mes de febrero y como fecha final de las informativas sería el día lunes 18 de febrero ya que el 15 es viernes.
En este artículo se presenta la primera de dos partes en las cuales se muestra el proceso a seguir para dicho trámite. La segunda parte aparecerá en el siguiente número de esta publicación. |
Enero 16, 2008 |
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El mes de febrero, en materia fiscal, se caracteriza porque vence el plazo para informarle a la autoridad fiscal, de las operaciones realizadas en el ejercicio inmediato anterior; tanto con clientes, como con proveedores o prestadores de bienes y servicios.
Por lo que, si usted recibió el servicio de trabajadores en 2007 o profesionistas independientes (contadores, abogados, arquitectos, diseñadores, médicos, etcétera); o recibió en arrendamiento bienes propiedad de personas físicas, entre otras múltiples operaciones que llevó a cabo, deberá informar a la autoridad fiscal de estas y otras operaciones realizadas, tal como lo señala la Ley del impuesto sobre la renta (LISR)… |
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Enero 16, 2008 |
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Se modifica la fracción XIII del artículo 47 del Código Financiero del Estado de México, para señalar como nueva obligación para los contribuyentes, lo siguiente: “Dictaminar la determinación y pago del impuesto sobre erogaciones al trabajo personal por medio de contador público autorizado, en los términos de este código y de conformidad con las reglas de carácter general que al efecto expidan las autoridades fiscales”. |
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Enero 16, 2008 |
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El lunes 31 de diciembre se publicaron en el DOF estas adecuaciones que comprenden tanto reformas como adiciones y tres reglas a las cuales se derogaron párrafos, estando dentro de éstas la derogación del segundo párrafo a la regla 3.3.33, eliminando la obligación para volver a presentar dentro de un plazo de 15 días el Aviso de ratificación de domicilios de empresas con Programa IMMEX, cuando los ya ratificados sufrieren una adición o cambio en sus datos, ya que al presentarse por medio del formato electrónico RU, Formato Único de Solicitud de Inscripción y Avisos al RFC, estarían sujetos a los plazos de este mencionado formato.
Debemos mencionar que muchas de las reformas se deben al renombramiento que se hizo de la Administración Central de Operación Aduanera como Administración Central de Regulación Aduanera, y algo que conviene resaltar es que frecuentemente se hace mención en las Reglas a las personas morales, propiedad del agente aduanal, constituidas por él o ella en los términos del artículo 46 de la Ley aduanera: regla 1.3.1… |
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Enero 15, 2008 |
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Para cualquier persona interesada en conocer lo que ocurre en México, es importante conocer las expectativas para el año 2008, qué se espera en materia económica, cuáles son las probabilidades de crecimiento de la economía nacional, cómo se moverán las tasas de interés, qué pasará con la inflación, el empleo y los salarios. En fin, cuál será el panorama de la economía mexicana. En este artículo se intenta responder algunas de estas importantes preguntas, al mismo tiempo que se plantean algunas de las acciones y estrategias a seguir para resolver algunos de los graves problemas que aquejan a la economía mexicana. |
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Enero 01, 2008 |
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El problema de la empresa más importante del país ¿estriba sólo en recursos? |
En el momento actual el debate nacional sobre el tema de los ingresos petroleros tiene una gran trascendencia para el futuro de todos los mexicanos (as), y en general, para todos los sectores de la economía nacional, y no es para menos pues aporta más de la tercera parte del gasto público para todo el país, pero además en el presente 2008 entrarán en vigor las reformas aprobadas por el Congreso de la Unión el 13 de septiembre de 2007. |
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Enero 01, 2008 |
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El pasado 1o. de octubre se publicó la “Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única” (LIETU). Cabe destacar que hasta el día de hoy no sabemos a ciencia cierta qué tipo de ingresos son los que grava el IETU pues si bien es cierto que toma sus bases en el Impuesto al valor agregado al referirse a los ingresos efectivamente cobrados, también lo es que en la ley no se establece un procedimiento claro que hable de cuáles son las deducciones que permite y en lugar de ello se ha ido modificando la norma a razón de contener una serie de acreditamientos que nos da como resultado un impuesto a pagar.
En el presente artículo analizaremos los distintos tipos de acreditamientos que se permiten de acuerdo con la normatividad publicada a la fecha y al final se expone un caso práctico con el fin de dejar más clara la explicación antes referida.
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Enero 01, 2008 |
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En el artículo 9o. de la LIETU se establece que los contribuyentes efectuarán pagos provisionales mensuales a cuenta del Impuesto empresarial a tasa única del ejercicio, mediante declaración que presentarán ante las oficinas autorizadas en el mismo plazo establecido para la presentación de la declaración de los pagos provisionales del Impuesto sobre la renta.
En el presente artículo encontrará un caso práctico integral para la determinación de los pagos provisionales mensuales del IETU |
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Enero 01, 2008 |
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Solicitud de firma electrónica al momento de inscribirse en el RFC
Articulo 27 del CFF. Se establece que los contribu
yentes soliciten su certificado de firma electrónica en el momento en que se inscriban en el Registro Federal de Contribuyentes, incluyendo a los socios y accionistas de las personas morales, excepto los miembros de las personas morales con fines no lucrativos. |
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Febrero 16, 2007 |
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Tipo de cambio publicado en Diario Oficial de la Federación
Se debe recordar que para efectos fiscales, con base en el Artículo 20 del Código Fiscal de la Federación se deberá aplicar el tipo de cambio del día anterior a aquel en que se causen las contribuciones
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Febrero 16, 2007 |
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Las formas de presentación de la Declaración Informativa Múltiple, son las siguientes:
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Febrero 16, 2007 |
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