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Los pasados 10 y 11 de junio del año en curso uve el honor de participar en una reunión elebrada en el programa Consultoría Fiscal niversitaria, que difunde a través de Radio NAM y en el programa Fiscal.con que transmite por el Canal 22, nuestra máxima casa de estudios; ambas reuniones fueron con el Dr. Jesús Anlén Aleman, Procurador Fiscal del Distrito Federal; y con el Lic. Aristóteles Núñez Sánchez, Subsecretario de Ingresos de la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de México. En estas reuniones se trataron temas relacionados con los beneficios fiscales que contemplan los Códigos Financieros de las entidades mencionadas, como a continuación se detalla. |
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Julio 01, 2009 |
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A continuación, mostramos los porcientos de reducción en el Impuesto sobre Nóminas que contempla el Código Financiero para el Distrito Federal, es importante que en estos tiempos de bajos ingresos y baja liquidez los contribuyentes tengan presentes estos conceptos para efectos de optimizar sus recursos y su operación.
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Junio 16, 2009 |
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El 2 de febrero de 2009 se dio a conocer el “Acuerdo modificatorio al diverso por el que se establece el programa de apoyo económico a las microempresas legalmente constituidas que tengan su domicilio en el Distrito Federal.” |
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Junio 01, 2009 |
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Les comunicamos que en el Diario Oficial de la Federación (DOF) del 28 de abril de 2009 se dio a conocer la Sexta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2008 en donde se amplía el plazo para la presentación de la declaración de personas físicas acerca del Impuesto Sobre la Renta (ISR) y del Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU).
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Mayo 16, 2009 |
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De conformidad con lo señalado en el Artículo 152 del Código Financiero del DF el Impuesto Predial se calculará por períodos bimestrales, aplicando al valor catastral la siguiente tarifa:
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Mayo 01, 2009 |
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Nos hemos enterado de que algunas empresas han instrumentado algunas figuras para operar al filo de la navaja, situación que les ha traído problemas con la autoridad, al grado que dichas figuras de operación se encuentran contempladas en los criterios no vinculativos publicados por el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Se menciona que estas figuras de operación tienen como consecuencia final la de afectar, entre otros, a las personas que les prestan sus servicios y que los califican como socios coperativistas; no obstante que realmente son empleados. No les dan Seguro Social, Infonavit, liquidación, jubilación, aguinaldo, vacaciones, prima de antigüedad; en resumen, no tienen derecho a recibir prestaciones como trabajadores, porque no los tratan como trabajadores.
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Abril 02, 2009 |
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Continuando con nuestros comentarios acerca de los documentos que contienen beneficios a los contribuyentes, contemplados en el Código Financiero del DF y otras leyes, y considerando que en estos momentos de crisis se requiere optimizar los escasos recursos con que cuentan las personas, en esta ocasión mencionaremos los conceptos contenidos en este programa de condonación fiscal. |
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Abril 01, 2009 |
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En la Gaceta de Gobierno del DF, del pasado 2 de febrero del año en curso, se dio a conocer el “ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECE EL PROGRAMA DE APOYO ECONÓMICO A LAS MICROEMPRESAS LEGALMENTE CONSTITUIDAS QUE TENGAN SU DOMICILIO EN EL DISTRITO FEDERAL”, con las siguientes consideraciones. |
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Marzo 16, 2009 |
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El presente artículo es una segunda parte del “Programa de regularización fiscal”, incluido en el número 468 de Consultorio Fiscal. Acuerdo por el que se prorroga la vigencia de las reglas de carácter general mediante las cuales se amplía la vigencia del plazo para la presentación del escrito en el que se realice la manifestación de acogerse a los beneficios que establece el Artículo Sexto Transitorio del Código Financiero del Distrito Federal. |
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Marzo 01, 2009 |
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En la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 29 de Enero de 2009 se publicó el Programa General de regularización fiscal por el que se condonan las multas por la omisión en el pago del Impuesto Predial y Derechos por el Suministro de Agua, como sigue:
El presente programa tiene por objeto condonar exclusivamente el 100% del pago de las multas que se hayan generado o se generen por el incumplimiento en el pago del Impuesto Predial y de los Derechos por el Suministro de Agua, correspondientes a los ejercicios fiscales 2004, 2005, 2006, 2007 y 2008, establecidos en los Artículos 148, 194 y 195 del Código Financiero del Distrito Federal. |
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Febrero 16, 2009 |
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El presente artículo es la continuación a una primera parte publicada en el número anterior de Consultorio Fiscal, y el el cual se concluye el análisis sobre el Anexo 7 al Convenio entre la SHCP y el estado de Guerrero, mismo que prosigue conforme a lo siguiente. |
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Febrero 01, 2009 |
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El 18 de diciembre de 2008 se publicó en la Gaceta del Gobierno del Estado de México la Ley del Ingresos del Estado y de los Municipios; así como el “Decreto por el que se Reforma, Adiciona y Deroga Diversos Artículos del Código Financiero del Estado de México”, en estos documentos se establecen disposiciones fiscales aplicables al cumplimiento de obligaciones fiscales y a la determinación de contribuciones que contienen la Ley y el Código; lo que sobresale en este documento es que se modifican algunos conceptos que obligan a dictaminar algunas instituciones el Impuesto sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal, como sigue. |
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Febrero 01, 2009 |
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Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de septiembre de 2003, y con inicio de vigencia al día siguiente de su publicación, el Anexo 7 cobró aplicación a partir del primero de septiembre de 2008. Quizá por falta de voluntad de parte de la entidad federativa para aplicarlo, por falta de infraestructura para llevar a cabo su aplicación, por desconocimiento o por cuestiones políticas que no viene al caso mencionar, lo importante es que a partir del primero de septiembre de 2008 el estado de Guerrero pasó a formar parte de los estados que recaudan el Impuesto Sobre la Renta del régimen intermedio y del Impuesto Sobre la Renta por enajenación de bienes inmuebles y, como tal, pasó a formar parte de las Entidades Federativas contenidas en la Regla I.3.28.1. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2008 que se publicó el 26 de diciembre del mismo año en la Tercera Modificación a la Resolución Miscelánea Fiscal, en donde se incluyó a dicha entidad federativa. |
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Enero 16, 2009 |
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Con fecha 29 de diciembre de 2008, se publicaron las modificaciones al Código Financiero del DF, y el 30 de diciembre de 2008 publicó la Ley de Ingresos, en donde se dan a conocer reformas que impactarán en la determinación y pago de las contribuciones causadas por personas residentes en esta ciudad; así como en la obligación de hacer dictaminar dichas contribuciones cuando se encuentran en los supuestos que este Código establece para el 2009, como sigue.
Resulta importante comentar acerca de las reformas fiscales para 2009 referente a que las modificaciones tienen como objetivo fomentar acciones para que el Distrito Federal sea una Ciudad con equidad y que el Gobierno pueda cumplir con sus funciones de derecho público en un marco de justicia y seguridad jurídica, que en materia tributaria se traduce en la aplicación de los principios fundamentales de legalidad, proporcionalidad y equidad, de conformidad con lo señalado en el Artículo 31, fracción IV, constitucional. |
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Enero 16, 2009 |
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En artículos anteriores traté el tema de devolución y compensación de contribuciones, ahora toca el turno al acreditamiento de contribuciones; esta figura es aplicable para el caso del Impuesto Sobre la Renta (ISR), del Impuesto al Valor Agregado (IVA), del Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU) y del Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE). |
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Enero 01, 2009 |
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