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Es común que cuando se pagan indemnizaciones por despido injustificado, separación o por no- reinstalación, el trabajador también demande ante la Junta el pago de salarios vencidos a cargo de su patrón. En este sentido, algunas personas consideran a los salarios vencidos como ingresos que forman parte de las indemnizaciones por despido, separación (rescisión atribuible al patrón) o por no-reinstalación, dándole el mismo tratamiento fiscal; es decir, para efectos del cálculo de la retención del ISR aplican la exención del ISR prevista en el artículo 109, fracción X, de la LISR; lo cual no es del todo correcto porque como veremos en el desarrollo de este trabajo, no en todos los casos se puede exentar este ingreso.
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Septiembre 16, 2007 |
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El pasado 15 de junio se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se adicionan y reforman diversos artículos de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro (LSAR), que buscan dar al trabajador mayor claridad y sencillez en el manejo de su cuenta individual, basándose sobre todo en lo que se denomina rendimiento neto y cobro de comisiones sólo sobre el saldo de la cuenta.
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Agosto 01, 2007 |
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El impuesto sobre la renta a salarios se calcula aplicando a los ingresos del mes la tarifa de impuesto que incluye el artículo 113 de la Ley del ISR, el impuesto así determinado se disminuye con el monto del subsidio acreditable del artículo 114 de la misma ley para determinar el impuesto subsidiado y a éste se resta el crédito al salario del artículo 115 para determinar el impuesto sobre la renta a retener o el crédito al salario a favor. Este es el procedimiento normal, el que marca la ley, sin embargo tanto el Reglamento de la misma Ley del ISR como la Resolución Miscelánea contemplan procedimientos opcionales para determinar el ISR a retener cuando se pagan los salarios.
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Agosto 01, 2007 |
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Introducción
En la revista anterior, se publicó un artículo que analiza lo relativo al pago de indemnizaciones al personal derivadas de despidos, y continuaremos con este tema. Esto, desde luego que tiene implicaciones fiscales, dado que los pagos que reciban los trabajadores, incluyendo los derivados de la terminación de la relación laboral, están gravados para efectos de Impuesto sobre la renta.
Debido a las características de estos pagos, se contempla un procedimiento especial para la determinación del impuesto, el cual se hace necesario si consideramos que los montos pueden ser elevados, comparados con lo que recibía el trabajador habitualmente y, además, porque se trata de pagos que van en función a la antigüedad que tenía el trabajador en la empresa, la cual en algunos casos es muy larga.
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Julio 16, 2007 |
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Introducción
Generalmente en los meses de mayo o junio los trabajadores reciben su participación de utilidades que, como se ha visto en diversos artículos publicados en esta misma revista, es obligación de quienes tienen trabajadores y deben cumplir con ella dentro de los sesenta días siguientes a la presentación de la declaración anual. Si consideramos que la fecha límite de presentación para las personas morales fue el 31 de marzo, ellas debieron pagar la PTU en mayo; en cambio las personas físicas debieron declarar a más tardar el 30 de abril por lo que deben pagar la PTU antes del 30 de junio.
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Junio 16, 2007 |
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Introducción
El tratamiento que la Ley del impuesto sobre la renta establece dentro del Capítulo I, del Título IV se aplica fundamentalmente a los ingresos que reciben los trabajadores, es decir, a los salarios y demás prestaciones; sin embargo, la propia ley contempla la posibilidad de aplicarlo a otros ingresos, que sin ser propiamente salarios, los asimila a ellos.
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Mayo 01, 2007 |
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Introducción
La Ley del impuesto sobre la renta establece a las personas físicas, en forma adicional a la presentación anual del ISR, la obligación de informar los ingresos exentos del ISR y aquellos por lo que se pagó el ISR en forma definitiva, esto con el fin de evitar la evasión fiscal y el lavado de dinero. El no informar estos ingresos trae consecuencias fiscales y financieras muy graves para la persona física que los obtuvo, mismas que se analizarán en el presente artículo.
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Abril 16, 2007 |
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Introducción
La obligación de presentar declaración anual de ISR es en general para las personas físicas residentes en México que perciben ingresos, por lo que las personas que perciben salarios también tienen esa obligación.
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Abril 16, 2007 |
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Introducción
En el mes de abril vence el plazo para la presentación de la declaración del ejercicio de 2006 de las personas físicas, motivo por el cual consideramos importante que tratándose de personas que perciben ingresos por salarios identifiquen si se encuentran obligadas a presentarla, o bien, pueden optar por ello en forma voluntaria y aprovechar los diversos beneficios que establecen las disposiciones fiscales.
En este sentido, a continuación se presenta un análisis de las personas que perciben ingresos por salarios y que de acuerdo con las disposiciones fiscales vigentes se encuentran obligadas a presentar su declaración del ejercicio, así como aquellas que de forma voluntaria optan por presentarla.
Cabe mencionar que el presente documento no pretende analizar la totalidad de los supuestos que se pueden presentar para las personas físicas que perciben ingresos por salarios y otros conceptos asimilados, únicamente aquellas situaciones más recurrentes en que suelen verse inmersos dichos contribuyentes.
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Abril 01, 2007 |
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El presente artículo pretende orientar y guiar al contribuyente, persona física, que en el ejercicio fiscal 2006 haya obtenido ingresos por salarios y por actividad profesional, en la elaboración y presentación de su declaración anual del ISR. Para el desarrollo de este tema, como primer punto, presento algunas consideraciones y recomendaciones relativas a la elaboración y presentación de la declaración anual. Posteriormente, presento un caso práctico integral de una declaración anual de una persona física que obtuvo ingresos por salarios por más de $400,000.00 en el ejercicio y además percibió ingresos por la prestación de servicios profesionales. |
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Abril 01, 2007 |
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