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El veto presidencial: ¿nuevo o mejor?

En esta breve reseña del veto presidencial se analizan los aspectos jurídicos y políticos más esenciales de estafigura del proceso de leyes mexicano. Figura clásica de un sistema republicano presidencialista es, como muchos de los elementos del desarrollo y mantenimiento de una democracia, un cuchillo de dos filos.

Se trata aquí de exponer las ideas primero, para el entendimiento jurídico e histórico de esta atribución que nuestra Constitución confiere al Presidente de la República, pero, a la vez, de advertir que en un entorno enrarecido por intereses mayores que los anhelos democráticos, el veto deviene en un arma que mal usada, aun con las reformas señaladas, puede propiciar inútiles retrasos a la legislación o, en otra mala idea, una avalancha legal que acumulecantidad en lugar de justicia.

Septiembre 16, 2011
Preparación y publicación del INPC por el INEGI

Desde el mes de enero de 2011, el Banco de México anunció que el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) se sujetó a una actualización en su base de comparación, siendo el periodo de referencia la segunda quincena de diciembre de 2010, lo cual modificó la canasta de bienes y servicios considerada, así como su importancia relativa dentro del gasto (ponderaciones) para reflejar los patrones de gasto de los hogares.

Además, al entrar en vigor la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica (LSNIEG) publicada el 16 de abril de 2008 en el Diario Oficial de la Federación (DOF), se contempla la transferencia de responsabilidades en la elaboración y publicación de los índices de precios del Banco de México al Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), siendo este último el encargado de tal responsabilidad, conforme al artículo 59, fracción III de dicha Ley, y que entró en vigor a partir de julio de 2011.

Septiembre 01, 2011
Diagnóstico integral del Impuesto Empresarial a Tasa Única presentado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público

El artículo decimonoveno transitorio de la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única (LIETU), que entró en vigor el 1° de enero de 2008, estableció que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) debía entregar un estudio para determinar la viabilidad de derogar los Títulos II y IV, Capítulos II y III de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR). La presentación de dicha evaluación se efectuó el pasado 30 de junio ante la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados a través del documento denominado El Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU): Un diagnóstico a tres años de su implementación.

Septiembre 01, 2011
Capital humano globalizado. Aspectos fiscales generales de los empleados internacionales en México

Una estrategia de negocio utilizada por las empresas y en general por los grandes corporativos multinacionales, es la de colocar o transferir a  determinado personal clave hacia otras de sus unidades de negocio fuera del país, para la implementación del “Business Know How”, que les permite lograr un  mejor rendimiento operativo y al mismo tiempo una ventaja competitiva en aquellas ciudades donde ven potencial de crecimiento o desean expandir su  participación en el mercado.

Julio 16, 2011
Solicitud de devoluciones de impuestos

Uno de los proyectos más ambiciosos del Servicio de Administración Tributaria (SAT) es su Plataforma Informática con la Solución Integral

Julio 16, 2011
Condonación de multas fiscales, recargos y gastos de ejecución. Contribuciones locales DF

El 1° de junio se dio a conocer en la Gaceta Oficial del DF la Resolución de carácter general mediante la cual se condonan las multas fiscales, recargos y gastos de ejecución ordinarios en el pago de los impuestos y derechos.

Junio 16, 2011
¿Participan sus empleados en las utilidades de la empresa?

Todas las empresas o patrones que hayan obtenido un resultado favorable en el ejercicio, de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT), deben pagar la participación de sus utilidades a sus trabajadores. Tomar a la ligera o pasar por alto esta obligación puede generar una contingencia futura ya que esto tiene repercusiones laborales, fiscales y obviamente económicas.

Por ello, es importante considerar los detalles establecidos en los ordenamientos implicados, realizando un análisis para determinar si se está obligado al reparto de utilidades, quiénes tienen derecho, los plazos para el pago y cobro, etc. Todo esto con el afán de coadyuvar al sector empresarial a mejorar el control y la administración de su cumplimiento en este tema. El derecho al reparto de las utilidades les permite a los trabajadores participar en las ganancias de la compañía o patrón por la actividad productiva de un año.

Mayo 16, 2011
Programa de Devoluciones y Compensaciones F3241. Anexos Segunda parte

En la primera parte de este artículo, publicada en la edición número 521 de Consultorio Fiscal, hacíamos referencia a los saldos que surgen a favor de las personas físicas o morales que se originan como consecuencia de la retención o determinación y pago de las contribuciones, al cumplir de manera directa o indirecta con sus obligaciones fiscales, así como de la importancia que merece la tarea de recuperar estos montos, propiedad del contribuyente, conforme al procedimiento establecido por la autoridad fiscal, mediante la mecánica de compensación de los saldos a favor contra otros impuestos y/o la solicitud de devolución de los mismos, a través del programa F2341.

Al respecto, comenzábamos con el proceso para la correcta utilización de dicho programa, cuya versión (2.6.1) fue actualizada el pasado 25 de marzo, para empezar a ser utilizada a partir del 28 de marzo de 2011 y hasta el mes de abril de forma opcional, y obligatoria a partir de mayo. A continuación, la segunda y última parte de este material. Abordaremos el procedimiento a seguir para el llenado de cada uno de los anexos del programa F2341.

Mayo 16, 2011
Nuevo supuesto de acumulación de ingresos en materia de precios de transferencia. Reforma segundo párrafo del artículo 215 de la LISR

En el presente artículo se analizará la repercusión que tiene la iniciativa de Proyecto de Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de las Leyes del Impuesto Sobre la Renta (ISR), Impuesto al Valor Agregado (IVA) y Código Fiscal de la Federación (CFF), y se abroga la Ley de Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU), enviada al Congreso de la Unión el pasado 10 de marzo de por el senador Manlio Fabio Beltrones Rivera a nombre del grupo de parlamentarios del Partido Revolucionario Institucional (PRI), en específico, sobre la reforma al artículo 215, segundo párrafo de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), en materia de precios de transferencia.

Mayo 01, 2011
PTU a cargo de las donatarias autorizadas. Una confusión derivada de la Miscelánea

Entrados en el segundo trimestre de este 2011, nuestro calendario de obligaciones fiscales-laborales inicia su cuenta regresiva a efecto de dar cumplimiento a la obligación de entregar la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU). No puede ser otro nuestro telón de entrada sino el sensibilizarnos sobre el origen de esta garantía constitucional. La PTU es una garantía social y laboral consagrada por el artículo 123 de nuestra Carta Magna. Dicho artículo no pierde en modo alguno su origen eclesiástico, pues ha de saber, amigo lector, que dicho origen fue totalmente influenciado por las doctrinas católicas imperantes en el momento de su nacimiento. Así, encontramos la primera encíclica papal de corte social, la encíclica Rerum Novarum de 1891, en donde se aborda la cuestión de los obreros, subrayando la necesidad de la intervención del Estado para protegerlos, tal es el caso de la garantía social de una remuneración justa por la que debe velar nuestro orden jurídico-social.

Mayo 01, 2011
Programa de Devoluciones y Compensaciones F3241. Primera parte

El cumplimiento de las obligaciones fiscales es una tarea complicada y ardua, que muchas de las veces se cierra con las declaraciones anuales. Sin embargo, el trabajo se realiza con ciclos la mayoría de las ocasiones más cortos que un ejercicio fiscal, y durante todos estos periodos la determinación de las contribuciones puede dar como consecuencia (en la gran mayoría de las ocasiones) un saldo a cargo del contribuyente, el cual se tiene que pagar invariablemente a través del sistema financiero, en sus diversas modalidades, pero también puede ocurrir que los cálculos para determinar las contribuciones den como resultado un saldo a favor de las personas físicas o de las personas morales que pretenden cumplir con sus obligaciones de carácter fiscal. Este saldo a favor puede ser derivado de diversas circunstancias, desde un pago indebido de impuestos hasta una retención excesiva.

El tener un saldo a favor, más allá de que pueda representar un no desembolso dentro de nuestro flujo de efectivo para el pago de impuestos, puede ser un financiamiento innecesario que el contribuyente está realizando a las autoridades recaudadoras y, desde luego, esto puede representar un hueco importante en las finanzas de la empresa o personales, por lo que es importante recuperar lo más pronto posible estos montos que son propiedad del contribuyente.

Mayo 01, 2011
Iniciativa de Reformas Fiscales del Senado. Reforma Beltrones

El senador Manlio Fabio Beltrones del PRI (Partido Revolucionario Institucional), inopinadamente, presentó una iniciativa de modificación a disposiciones fiscales ante la Cámara de Senadores, para pasar a la que debe ser la cámara de origen en este tipo de promociones legislativas: la Cámara de Diputados Federal de México. El senador Beltrones propone esta serie de modificaciones en calidad de “reforma fiscal integral”. En estos comentarios, por una parte, me ocupo de distinguir lo que sería una reforma fiscal y pruebas de que no lo es, según algunas de las propuestas de la iniciativa del mencionado senador.

Mayo 01, 2011
Reglas para la aplicación del estímulo a la producción teatral (EFITEATRO)

La aplicación de estímulos fiscales como el del fomento a la producción teatral establecido en el artículo 226 bis de  la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), que no están destinados a un sector de contribuyentes sino a una actividad, que  benefician tal actividad promoviendo su realización indirectamente, no con la entrega de fondos fiscales sino fomentando el  interés de otras entidades para aportar recursos, genera un círculo benéfico: los aportantes se benefician de un estímulo  fiscal si es que han determinado Impuesto Sobre la Renta (ISR) a su cargo en el ejercicio anterior; parte de este impuesto  pagado genera el monto del crédito fiscal para ejercicios posteriores (10%) para el mismo aportante, siempre y cuando tal  impuesto sea incurrido en el futuro a cargo de tal beneficiario.

Abril 16, 2011
Iniciativa de reforma fiscal al ISR de personas morales presentada por la Cámara de Senadores

Como todos sabemos, en principio, la finalidad de un impuesto es fiscal. Sin embargo, los impuestos son considerados  también como instrumentos para redistribuir la renta nacional, el consumo y la inversión, entre otros. Así, hoy en día, la  finalidad de los impuestos tiene una doble intención: la fiscal y la política.

En la actualidad, la política fiscal se ha  convertido en una entidad propia e individualizada que, conjuntamente con la política monetaria, juega un papel como medida  estabilizadora y de desarrollo de la economía. Así, por ejemplo, cuando estalló la crisis económica reciente, algunos países  redujeron impuestos con el propósito de reactivar sus economías.

Abril 16, 2011
Bases para designar a los representantes de los trabajadores y de los patrones (artículo 15 de la Ley de Ayuda Alimentaria para los Trabajadores)

El día 7 de marzo de 2011 la Secretaría del Trabajo y Previsión Social dio a conocer en el Diario Oficial de la  Federación (DOF) el “Acuerdo que establece las bases para designar a los representantes de los trabajadores y de los patrones  ante la Comisión Tripartita a que se refiere el artículo 15 de la Ley de Ayuda Alimentaria para los trabajadores” que estará  integrada por 9 miembros, 3 de ellos representantes de las dependencias de la Administración Pública Federal ante la  comisión, quienes deberán tener nivel de Subsecretario o su equivalente:
œUn representante de la Secretaría del Trabajo y  Previsión Social, que presidirá la comisión
œUn representante de la Secretaría de Salud, y
œUn representante de la Secretaría  de Hacienda y Crédito Público.

Abril 01, 2011
 
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