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Cambios al Código Fiscal del Distrito Federal

En la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 10 de agosto de 2010, se publica el “DECRETO POR EL QUE SE REFORMA EL ARTÍCULO 283 DEL CÓDIGO FISCAL DEL DISTRITO FEDERAL” para señalar que se adicionan las contribuciones que recibirán el beneficio de reducción. Ahora también aplica a los derechos por el suministro de agua, derechos de agua y drenaje y cuotas para el pago de derechos por la expedición de licencias de construcción.

Septiembre 01, 2010
Las sucesiones y sus efectos fiscales.Segunda parte

En el número 501 de Consultorio Fiscal, se habló de las sucesiones y sus efectos legales por cuanto a la rama civil respecta, analizándola conforme a su naturaleza alética y deóntica dentro del Derecho, en donde se hizo notar que el testamento es la última voluntad del testador– no en sentido cronológico sino en sentido causal– que produce consecuencias de Derecho aún después de su deceso, y por lo tanto se identifica como un derecho subjetivo que otorga el Código Civil Federal (CCF) el cual es recíproco con el derecho a heredar.  En este caso, la participación y porcentaje de los herederos es determinada por el testador así como la asignación del albacea, siendo importante notar que pueden existir varios testamentos y no sólo uno, motivo por el cual, dentro del juicio testamentario confirma la existencia de más testamentos a fin de que el procedimiento verse sólo sobre el último testamento legítimamente elaborado y/o llevado ante Notario Público.

Septiembre 01, 2010
Criterios normativos del SAT correspondientes al primer semestre de 2010

En días recientes se publicó en la página electrónica del Servicio de Administración Tributaria (SAT), el oficio número SAT-325-04-04-01/2010 que contiene los criterios normativos correspondientes al primer semestre del año 2010; esto con fundamento en el artículo 35 del Código Fiscal de la Federación (CFF).

Septiembre 01, 2010
¿CURP o discrepancia fiscal?

Estimado lector, en los últimos años hemos escuchado y visto, a través de diversos medios de comunicación, una serie de anuncios por parte del Gobierno Federal con respecto a la Clave Única de Registro de Población (CURP) y la serie de simplificaciones que se van a tener en un futuro cercano, ya que esta CURP se irá incorporando paulatinamente a todos los documento oficiales, de acuerdo al decreto publicado el 23 de octubre de 1996.

Agosto 16, 2010
Decreto por el que se otorgan facilidades administrativas en materia de simplificación tributaria

El pasado 30 de junio de 2010 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Decreto por el que se otorgan facilidades administrativas en materia de simplificación tributaria, para establecer este decreto de facilidades dentro del considerando se establecen algunos puntos que se mencionan a continuación:

Se efectuó un diagnóstico al sistema fiscal por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y se advirtió que su complejidad provoca que los contribuyentes dediquen mayor tiempo en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

Que en los últimos años se han implementado diversas medidas de simplificación tributaria, entre otras, la presentación vía Internet de declaraciones y pago de contribuciones, así como de algunos avisos y declaraciones informativas, y la transferencia electrónica de fondos a favor de la Tesorería de la Federación como medio de pago de contribuciones.

Agosto 01, 2010
Beneficios fiscales a los contribuyentes de los estados afectados por el fenómeno meteorológico Alex

Derivado de las recientes afectaciones –del 29 de junio al 2 de julio de 2010– a los estados de Coahuila, Nuevo León y Tamaulipas, provocadas por la entrada del huracán Alex a territorio nacional, el Ejecutivo Federal, precedido de las Declaratorias de Desastre Natural de diferentes Municipios de los tres estados mencionados, emite el “Decreto por el que se otorgan los beneficios fiscales que se mencionan, a los contribuyentes de las zonas afectadas de los Estados de Coahuila, Nuevo León y Tamaulipas por el fenómeno meteorológico Alex”, publicado el día 16 de julio de 2010 en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Agosto 01, 2010
Valoración de pruebas documentales privadas vs presunciones legales

En fechas recientes, se ha vuelto una práctica común de las autoridades hacendarias, tanto de las áreas de fiscalización como las encargadas de la defensa jurídica del Servicio de Administración Tributaria (SAT), el objetar el alcance y el valor probatorio de documentales privadas como pueden ser los contratos celebrados por los particulares y que sustentan las operaciones registradas en la contabilidad. Esto se da, no sólo en el ejercicio de facultades de comprobación sino que, en la mayoría de los casos, dicha discusión resulta ser la disputa principal en los medios de defensa interpuestos por los contribuyentes en contra de las liquidaciones de contribuciones federales.

Julio 16, 2010
Dura acción presidencial sobre los Dictámenes de Contadores Públicos

Mientras los Contadores Públicos Registrados (CPR) estaban trabajando para cumplir con la entrega de los dictámenes financieros para efectos fiscales de contribuyentes que de conformidad con el Artículo 32-A del Código Fiscal de la Federación (CFF) por ser sujetos obligados o, en su caso, los que optaron por hacer dictaminar sus estados financieros en los términos del artículo 52 del CFF, correspondientes al ejercicio de 2009, para ser entregados a través del calendario y con fecha límite del 30 de julio de 2010; el señor presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Felipe de Jesús Calderón Hinojosa, el pasado 30 de junio, tuvo a bien emitir en el Diario Oficial de la Federación (DOF) un Decreto por el que se otorgan facilidades administrativas en materia de simplificación tributaria, siendo el motivo de estas líneas, y sólo, sobre lo relacionado en materia del dictamen financiero para efectos fiscales.

Julio 16, 2010
Decreto por el que se otorgan diversas facilidades administrativas en materia de simplificación tributaria

El sistema tributario mexicano, hoy en día, resulta complejo y oneroso para los contribuyentes y para el fisco, razón entre varias, por la que el Ejecutivo estima conveniente emitir el Decreto en comento que permita implementar medidas de simplificación tributaria con la finalidad de facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales y de reducir el tiempo y recursos dedicados para estos efectos por parte de los contribuyentes.

Julio 16, 2010
Estímulo fiscal para las personas moralesy fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles para efectos del ISR

La Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR) establece que no son contribuyentes de este impuesto las personas morales y fideicomisos que cuenten con la autorización para recibir donativos deducibles para los fines de este impuesto.

En ese sentido, en el Título III de la Ley del ISR se establecen las disposiciones aplicables para este tipo de organizaciones cuyo propósito primordialmente son las labores de asistencia o beneficencia a favor de personas y regiones de escasos recursos, así como grupos vulnerables por edad, sexo o discapacidad y otras acciones filantrópicas. Generan un apoyo importante al país para lograr mejores condiciones de subsistencia y desarrollo para dichas personas, sectores o grupos, coadyuvando de manera directa en las labores que el Estado realiza en esta materia.

Julio 01, 2010
Las sucesiones y sus efectos fiscales Primera parte

La sucesión es un acontecimiento de alta importancia para toda rama del Derecho ya que implica la culminación de una vida que conlleva el nacimiento y/o extinción de derechos y obligaciones para las personas relacionadas con el fallido. En este sentido, la materia fiscal no es ajena, ya que la carga impositiva no cesa en forma inmediata pues existen diversas obligaciones que perviven después de su acaecimiento.

Empero, para conocer los efectos fiscales es importante conocer previamente los efectos civiles, para partir de allí, con bases más claras, a lo que la materia fiscal espera e identificar lo que es procedente e improcedente en la misma.

Julio 01, 2010
El Impuesto Empresarial a Tasa Única y su declaratoria de constitucionalidad

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha decidido declarar la constitucionalidad del Impuesto Empresarial a Tasa Única.

Las deliberaciones de los señores Ministros se llevaron a cabo durante los meses de enero y febrero del presente año según consta en las versiones taquigráficas correspondientes.

A la fecha de redactar este estudio aún no se publican las tesis de jurisprudencia que permitan conocer con mayor precisión los criterios de la Corte a fin de analizarlos concienzudamente. Pero ante la lectura de tales versiones taquigráficas no quedé convencido como jurista de lo resuelto, en parte porque mis argumentaciones en contra de la constitucionalidad del nuevo gravamen no fueron satisfechas en las deliberaciones ministeriales.

Junio 16, 2010
La extinción de la obligación tributaria

Para entender la naturaleza fiscal de la extinción de la obligación tributaria y luego identificar figuras afines que la ley fiscal mexicana no reconoce como forma de extinción, es conveniente primero identificar las formas de extinción expresas previstas en la legislación fiscal y luego analizar algunas otras figuras mediante las cuales, en el derecho tributario mexicano, tienen el efecto de que el contribuyente deje de pagar la contraprestación fiscal por efectos legales de los ordenamientos. Tales efectos no son explícitamente reconocidos como formas de extinción de la obligación fiscal y en este breve trabajo las llamaré figuras afines.

Junio 16, 2010
¿Para combatir la evasión de impuestos hay que crear nuevos impuestos? El caso del IETU

En México, la historia de las modificaciones a las leyes fiscales y la creación de nuevos impuestos en las últimas tres décadas ha sido constante y no siempre para mejorar las incongruencias contenidas en las leyes, las violaciones a los principios constitucionales, las lagunas jurídicas, la ignorancia de los conceptos contables y financieros y la simplificación administrativa. Por el contrario, siempre han llevado el objetivo de obtener una mayor recaudación y evitar la evasión, aunque no siempre se ha logrado el objetivo y, por el contrario, se ha complicado el cálculo de los impuestos.

Junio 16, 2010
El hecho imponible en el Impuesto Empresarial a Tasa Única

Por Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1º de octubre de 2007, se creó el Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU) originalmente denominado Contribución Empresarial a Tasa Única (CETU), iniciando su vigencia a partir del 1º de enero de 2008. La citada ley contiene 19 artículos y 21 transitorios, además se complementa con un Decreto Presidencial que contiene 16 artículos y cinco transitorios, ello además de 25 reglas contenidas en la Resolución Miscelánea Fiscal.

Junio 16, 2010
 
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